LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL (I)
Domingo, 25 de Septiembre de 2011
Hoy quiero plantear una medida muy sencilla, de muy fácil y rápida implantación, si se quiere, claro, que permitiría un mayor control sobre el fraude fiscal. Ya verán como al final de la lectura se dicen aquello de ¿qué sencillo? ¿Y por qué no se hace? La respuesta a ésta última se la dejo a ustedes.
El banco central de España o cualquier entidad bancaria de carácter público, de nueva creación o ya existente, abriría a nombre de cada ciudadano y cada empresa una cuenta bancaria única, con un solo titular. Creo que lo más conveniente sería el Banco de España, ya que tiene medios más que suficientes para la creación de la cuenta bancaria en cuestión de días, además de toda la profesionalidad para su gestión y administración; más aún, cuando sus funciones, desde la integración de España en el Euro se han visto tan reducidas.
Esta cuenta bancaria no tendría la finalidad de ser la cuenta corriente habitual del ciudadano o empresa; no serviría para el pago de los recibos ni nada por el estilo. Para estas cosas el ciudadano o empresa tendría una cuenta normal, en cualquier entidad privada (ya no las hay públicas, por la desaparición de las Cajas de Ahorro) como sucede en la actualidad. ¿Entonces?
La finalidad de esa cuenta única de carácter público sería la de ser la destinataria de cualquier tipo de fondo público destinado al particular o empresa, desde cualquier Administración y bajo cualquier concepto. Es decir, cualquier pago que realizase la Administración General del Estado, la comunidad Autónoma, el Ayuntamiento, la Diputación, cualquier entidad pública o con fondos públicos se realizaría siempre con destino a esa cuenta “pública” sin ninguna posibilidad de realizarla a otra cuenta.
Por tanto, cualquier prestación de un ciudadano o empresa, como prestación de desempleo, fondos para la formación, ayudas sociales, pensiones, sueldos públicos, rentas mínimas, subvenciones de discapacidad, subvenciones para ventanas, ayudas al alquiler,.... Se abonarían únicamente en esta cuenta, y luego, el titular único, podría desplazar sus fondos a su cuenta normal.
Si esto se llevase a la práctica se conseguiría:
- Agilizar y simplificar los procedimientos de pago de prestaciones, subvenciones y demás, al no tener que consignar los datos bancarios del destinatario, porque éstos están perfectamente determinados en un fichero público.
- Si se usase un buen sistema de codificación numérica para clasificar las prestaciones, sería muy fácil diseñar unos filtros automáticos que detectasen las incompatibilidades entre ellas, informando a la autoridad fiscal competente de forma inmediata. Por ejemplo, si yo establezco que la prestación por desempleo lleva el código 1289 y la del subsidio social de la comunidad Autónoma el 2382 y en una tabla tengo que dichos códigos son incompatibles, al abonarse cantidades en a cuenta por ambos conceptos, de forma automatizada, el sistema bloquearia e impediría el acceso a los fondos del segundo abono y comunicaría la controversia a la autoridad fiscal competente.
- Las autoridades de fiscalización siempre tendrían acceso a información de gran interés para la realización de su trabajo, facilitando la lucha contra el fraude.
Se me ocurren alguna utilidad más para esta cuenta, pero por ahora es suficiente. Ya saben, si quieren lo piensan por ustedes mismos.