martes, 30 de octubre de 2012

CAJAS DE AHORROS, BANCOS, HIPOTECADOS, DESAHUCIOS Y AYUDAS

Martes, 30 de Octubre de 2012
CAJAS DE AHORROS, BANCOS, HIPOTECADOS, DESAHUCIOS Y AYUDAS
 

 Sigamos con la serie de entradas que pretenden aclarar cosas, al menos desde mi punto de vista, pasando por encima de la manipulación del lenguaje de los políticos, medios de comunicación, grupos sociales y ciudadanos. ¿Por qué la gente no se para a pensar si lo que dice tiene sentido? ¿Tan difícil es analizar un poco la coherencia de las cosas?
 
CAJAS DE AHORROS / BANCOS
 
 Si se dan cuenta, la frase más repetida a la hora de echar la culpa a alguien de la crisis actual es "la culpa es de los bancos". Nos empeñamos en afirmar y en escuchar, que han recibido muchos millones, que han sido rescatados, que vaya morro que tienen, etc. Sin embargo ningún banco privado, al menos hasta la fecha actual (luego lo matizo), ha recibido dinero del estado.
Matización: hay una entidad llamada Banco de Valencia que sí ha recibido ayudas, pero es un banco, cierto, pero creado y propiedad de una Caja de Ahorros.
 Los artífices de esta afirmación, repetida hasta la saciedad, son los políticos. ¿Por qué? Porque así echan balones fuera y el culpable más culpable -no diré yo que no tenga parte de responsabilidad- es Botín, presidente del banco Santander y entidad, junto al BBVA, que no ha recibido ni un euro ni ningún otro tipo de ayudas (como avales).
 Pero claro, con esta patada hacia fuera los políticos concentran el problema en los bancos privados y no en las Cajas de Ahorro, aquello de ¡yo no he sido!
 Las Cajas de Ahorro son y han sido el verdadero agujero negro del sistema financiero español. Allí se han concentrado las mayores
 Estafas, como las preferentes, las cuotas participativas, los pagarés, las hipotecas basura y los mil créditos insolventes. ¿Quién dirigía las Cajas de Ahorro? Pues las decisiones las tomaba un Consejo de Administración formado por las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos, los sindicatos de los trabajadores de la Caja, las asociaciones empresariales de la zona, las asociaciones sociales y unos representantes de los impositores.
 Todos ellos, repito TODOS, firmaban las cuentas anuales y las actas de las reuniones, por lo que asumían sus decisiones y, si no estaban de acuerdo, podían firmar en disconformidad ¿cuántos lo hicieron? Pero claro, es más fácil echar la culpa a botín.
 
AYUDAS A LAS CAJAS
 
 Hemos dado decenas de miles de millones a las Cajas de Ahorro, no sólo a Bankia (unos 20000 entre las 7 cajas que conforman el grupo), sino a otras muchas, como Caja Duero (1300) Caja Castilla la Mancha (7000 millones -fue la primera), etc. Y los que quedan.
 Se dice que se está rescatando a la banca y no a los ciudadanos, que deberían dejar que se hundieran. Muy bien. Vamos a pensar un poco sobre ello. ¿Saben quienes son/eran los propietarios de las Cajas de Ahorro?
 Ahora respondo. Antes, como es lógico, deberían ser los propietarios los máximos responsables y los que pagaran las consecuencias, verdad? Pues ahí va: Los propietarios de las Cajas de Ahorro, según la ley de su constitución, son los IMPOSITORES. Es decir, que todas las personas que tenemos el dinero en las cajas deberíamos responder de las propias cajas. ¿Qué les parece? ¿Rescatamos a las cajas? ¿Las dejamos caer y perdemos nuestros ahorros?
 
HIPOTECADOS
 
 Se oye que se está rescatando a las entidades financieras y no a los hipotecados. No estoy de acuerdo, o no del todo.
 Los hipotecados están recibiendo una de las mayores ayudas, en cubierto. Si las cosas fueran "normales" el euríbor debería de rondar el 5%, tal y como era a principios del año 2008 ¿nos acordamos? Seguro que los hipotecados lo recuerdan.
 Pues bien, acaba octubre de 2012 y el euríbor está por debajo del 0.7%, algo totalmente "anómalo" e irreal, dados los niveles de inflación y demás parámetros. ¿Qué sucede? Pues que está totalmente manipulado, para no variar. Es tan falso como el dinero en sí.
 La manipulación trata de aliviar los costes financieros de los estados, pero también la de las familias y empresas. Todo con cargo a los ahorradores, que ven cómo su dinero pierde capacidad de generar intereses y pierde poder adquisitivo. Por tanto, los que deberían protestar son los AHORRADORES, que ellos están costeando una parte de los rescates a pesar de haber tomado decisiones razonables en el pasado, no habiéndose adentrado en la estupidez del crédito alocado.
 
DESAHUCIOS
 
 Cuando una familia pierde su casa debe ser dramático, sin duda. No quiero entrar en las causas, que ya las he comentado, porque, aunque puedan existir muchos casos de irresponsabilidad por parte del comprador, también se dan casos de personas que fueron precavidas y están en esa situación. Lo que más me exaspera es la falta de profundidad a la hora de meditar sobre los desahucios. Yo creo que lo peor no es perder la casa, que la tengas que abandonar. Al fin y al cabo antes de comprarla no tenías casa, ¿verdad?
Antes de que se me echen encima lo explico.
 Para mi lo peor de un desahucio es que la familia, queda totalmente desahuciada para el resto de su vida. Es decir, pierde la posibilidad de tener una segunda oportunidad. Perder tu casa ya es el pago que realizas por haberte equivocado, sea culpa de una mala decisión o de las circunstancias.
 En España una persona con crédito hipotecario está obligado al pago del mismo con todos sus bienes presentes y futuros. Lo dramático es que en España un desahuciado, además de perder la casa, pierde la oportunidad de "empezar de nuevo", porque va a seguir manteniendo una deuda que irá creciendo cada vez más, con intereses de demora abusivos, costas judiciales, etc.
 Es esta deuda pendiente la que impide una segunda oportunidad. Cualquier trabajo que la persona encuentre, para rehacer su vida, verá reducido sus ingresos por culpa del embargo (hasta la cantidad inembargable), cualquier intereso extra, procedente, por ejemplo, de una herencia, será embargado, etc. Es decir, el desahuciado con una deuda pendiente se ve obligado a vivir "en negro" para sobrevivir para el resto de su vida.
 La seguridad jurídica es esencial y es difícil establecer ahora con efectos retroactivos la limitación de la garantía real en los préstamos hipotecarios. Pero lo que no entiendo es que los legisladores actuales -los anteriores no lo hicieron y se les debería echar la culpa de que la gente haya perdido la Segunda oportunidad- no legislen estableciendo esta limitación en los nuevos contratos hipotecarios.
Que una hipoteca sea, realmente, eso, un préstamo garantizado únicamente por el bien hipotecado, como sucede en los países anglosajones, hubiera impedido la locura de la década 0 del siglo XXi. ¿Aprenderemos?
 
Sé que hay cosas que no están del todo desarrolladas, pero no quiero extenderme. Piénsenlo, si quieren. Sean libres.
 

jueves, 18 de octubre de 2012

REFORMA CONSTITUCIONAL - INFORMACIÓN


Jueves, 18 de Octubre de 2012

REFORMA CONSTITUCIONAL - INFORMACIÓN

Dado que los medios de información en España son como son, además de las llamadas fuerzas sociales, como sindicatos, organizaciones, y, como es lógico, de los políticos no se puede esperar que informen a los ciudadanos, hoy les traigo la transcripción literal de la reforma constitucional aprobada en Agosto de 2011. ¿A qué no la han leído en ninguna parte? ¿Han escuchado comentarios, en las tertulias de televisión o radio, han leído sus consecuencias en artículos de prensa, etc. Sus implicaciones para el futuro?
 Pues sí, fíjense, un montón de años escuchando que la Constitución es el símbolo de nuestra estabilidad, que no sedebe tocar, que hay que pensarlo mucho, que estupideces por aquí y por allí. Y el año pasado nos enteramos, por hechos consumados, que se puede cambiar en dos semanas. Si es que ¡no somos nadie!
 El BOE del 27 de Septiembre de 2011 publicó la reforma, entrando en vigor el mismo día y dice así:

Artículo único.
El artículo 135 de la Constitución Española queda redactado como sigue:
«1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.
Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.
Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.
El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:
a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.
b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.
c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.»

....

Si quieren ir un poco más allá, enlacen lo que dice en el punto 3:
 “Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión”
 con lo que han podido leer en la entrada relativa al MEDE (10 de Junio de 2012) y ya me cuentan, si quieren, por qué no se contó nada antes de firmar estas cosas a la sociedad española, ya no digo consultarles en algo, y de qué van a servir las manifestaciones, quejas, huelgas generales etc.

 Piénsenlo, si quieren ser libres.