Martes, 13 de Marzo de 2012
EDAD DE JUBILACIÓN
No hace muchas fechas se modificó la edad de jubilación para los trabajadores del reino. Hubo polémica, quejas y mucha tontería, como es costumbre por estos Lares; poca sensatez, mucha hipocresía; poca visión global, mucha casuística agigantada…..
¿Jubilarnos a los 67 años? ¿Jubilarnos a los 65 años? ¿Jubilarnos a los 70? No sé, yo creo que la edad de jubilación debería suprimirse totalmente. ¿Por qué no jubilarnos a los 60 años?
Lo estúpido de todas estas discursiones sobre la edad de jubilación es que son inútiles y parece que nadie quiere darse cuenta de ello. Da igual haber fijado hoy la edad de 67 años para el 2027, ¿de verdad piensan que en el 2027 la edad de jubilación va a ser 67 años? Venga ya, pero si la propia ley de modificación establece que cada 5 años se adaptará el sistema a la realidad macroeconómica para segurar su sostenibilidad, es decir, se ajustará a lo que haya en cada momento. ¿No se lo han contado?
Voy a proponer un sistema más sencillo y que sirve para solucionar varias cosas al mismo tiempo. Además, estoy seguro de que se terminará implantando, pues en otros países, más realistas, ya hay algo similar.
La premisa fundamental es tan simple como eliminar la edad de jubilación y establecer que a partir de una cierta cantidad de años de cotización REAL la persona pueda acceder a su jubilación con el 100%. Pongamos un ejemplo, establezcamos 40 años de cotización para poder jubilarse con el 100%.
Si lo hacemos así, sería sencillo establecer un sistema adicional por el cual, a más de 40 años cotizados, se percibiría una mayor pensión y a menos de 40 pues la correspondiente reducción.
He hablado de cotización REAL, quiero resaltar este término. Se trataría de contar sólo los años de trabajo real, dejando fuera los de percepción del seguro de desempleo, que actualmente sí cuentan. No deben de ser computados, porque no se está trabajando ni cotizando para la pensión. Esto viene a esa frase tan escuchada de que “llevo 40 años trabajando y ahora me quedan cuatro duros de pensión” “40 años de trabajo para esto” cuando quien más suele usar este tipo de frases ha estado mucho tiempo con la prestación de desempleo, es decir, cobrando de la Sociedad, de Todos, y eso amigo/a no es trabajo, ¿queda claro?
Por lo anterior es por lo que los funcionarios de carrera, si tienen 35 años de trabajo en la Administración pueden jubilarse a los 60 años, porque ellos no pasan por el desempleo en ningún momento, una vez que obtienen su plaza tienen que trabajar de forma continuada, salvo que pidan alguna excedencia, en cuyo caso, no se cuentan los años. Ellos no pueden decir aquello de “estoy cansado, me voy al paro de vacaciones, tal tengo dos años” “no tengo prisa por buscar trabajo, cobro el paro, casi igual que trabajando” o “a ver si me despiden y me voy al paro”
Incluso estaría tentado a no considerar los periodos de baja como trabajados, pero bueno, esto quizás sería un poco extremo para evitar abusos, porque lo que habría que hacer es controlarlas más y evitar el fraude.
En el modelo planteado se solucionarían algunas cosas. Entre ellas:
- jubilación anticipada para las profesiones de gran esfuerzo físico. Si se dan cuenta, las profesiones con gran esfuerzo físico son aquellas de baja cualificación, aquellas en las que el comienzo de la vida laboral es más temprano, porque no son necesarios muchos años de formación. Por tanto, son personas que comienzan a trabajar muy temprano, pensemos en la construcción, se puede empezar con 18-20 años. En estos casos, si el trabajador se mantiene activo de forma constante podría jubilarse a los 58-60 años, sin perder pensión y evitaría tener que estar con muchos años en el andamio o haciendo un esfuerzo físico demasiado alto; o un conductor de vehículos o cualquier otra profesión.
- Las personas que realizan profesiones intelectuales, que han exigido años de formación, tendrían que compensar esa demora en la incorporación al trabajo con una mayor edad para jubilarse.
- Si se estableciera una jubilación anticipada a partir de los 35 años de cotización real, con una pérdida de pensión, se daría mucha más flexibilidad para que cada persona pudiera elegir, en función a sus condiciones físicas y personales la edad de jubilación.
- Este modelo simplificaría mucho las cosas y cada persona sabría mejor que su pensión dependerá de su vida laboral real, BENEFICIANDO A LOS QUE MÁS AÑOS HAN TRABAJADO.
Y por ahora está, que luego me dicen que escribo muy largo. El resto lo piensan ustedes, si quieren, ya saben que son libres.
No hay comentarios:
Publicar un comentario