sábado, 30 de junio de 2012

PLATILLOS DE UNA BALANZA ECONÓMICA

SÁBADO 30 DE JUNIO DE 2012

PLATILLOS DE UNA BALANZA ECONÓMICA

Vamos a explicar algunas cosas económicas, o más bien de sentido común, usando una balanza. En sus dos platillos vamos a colocar en el izquierdo lo “público” y en el derecho lo “privado”, por eso de ser tradicional en lo ideológico..... Y como supervisor de todo mi Teoría del sistema, que, como ya saben, es aquélla que integra los elementos y sabe que si actuamos en uno de ellos, esa acción tiene consecuencias en los demás y que las cosas son mucho más complejas y no hay varitas mágicas.
Una vez dibujada la herramienta, vamos a definir los ingredientes de cada platillo:
- Izquierda, público. Aquí está ABSOLUTAMENTE todo aquello que sea pagado por presupuestos públicos, sea material, inmaterial o gastos de personal. Es decir, los funcionarios, empleados públicos, obras de infraestructura, pensiones, prestaciones de desempleo, gasto en sanidad, en educación, en representación, etc. Pero también aquello que no parece público a simple vista, pero sí lo es, como asociaciones de vecinos, las mal llamadas Organizaciones No gubernamentales, los sindicatos, las asociaciones de cualquier tipo, los teatros públicos, las instituciones de discapacidad, empresas públicas, etc. Es decir, cualquier cosa cuyos fondos financieros salgan de un presupuesto público, directa o indirectamente, ¿de acuerdo? Se pueden hacer una idea, porque hay bastante.
- Derecha, privado. Aquí introducimos todo lo estrictamente privado, bares, empresas, comercios, restaurantes, sueldos de las personas que trabajan en empresas privadas, autónomos, etc. Este platillo parece que se ve más claro.

Si hemos introducido todo en nuestra balanza de precisión, no es difícil entender que entre ambos platillos debe de haber un equilibrio, ¿verdad?

Introduzco ahora el ingrediente de la política fiscal, la de los impuestos. Hago algunas aclaraciones, para que todos las tengamos claras, que me parece a mí que no nos hemos parado a pensar en ellas:
- Los impuestos, o los tributos, en un sentido más amplio, los pagan los dos platillos, tanto el público como el privado. Es así, porque los trabajadores públicos también pagan impuestos, aunque no se lo crean, las empresas públicas también (si tienen beneficios) y el sector privado se ve más claro que los paga.
- El dinero ni se crea ni se destruye, sólo cambia de manos. Esta afirmación, que no es verdad, sí tiene sentido y sirve como premisa para entender muchas cosas.

NOTA ACLARATORIA: para aquellos curiosos –seguro que alguno hay- que se ha quedado pensando en lo anterior hay una creación y destrucción de dinero en un país. Por un lado, el Banco Central puede imprimir o retirar billetes de la circulación; por otro, los bancos, o el sistema financiero en particular, crea o destruye dinero cuando da crédito o lo cobra y; por último, el mercado exterior puede aumentar el dinero de un país o reducirlo.

¿Preparados? Ya he hecho la presentación del juego y ahora vamos a jugar, a presentar el núcleo del pos.

¿Qué pensarían si les digo que todo el dinero público sale del sector privado? Es decir ¿qué pensarían si les cuento que todo lo que hay en el platillo de la izquierda procede del de la derecha?
(...)

¿Ya lo han pensado? O al menos ¿ya han dejado de insultarme?
Se lo explico, al que quiera seguir leyendo, claro, mediante dos incisos:
- Los impuestos que paga el platillo de la izquierda, el de lo público (salvo los beneficios de las empresas públicas), proceden del gasto público. Un ejemplo, los impuestos que paga un empleado público, por IRPF, por IVA, por IBI, por cualquier tributo, procede de los ingresos de su sueldo, que a su vez, procede de los impuestos ¡alehop! ¡Qué chulo! Por tanto los tributos o impuestos pagados por un empleado público, no deja de ser una forma “sutil” de pagarle menos; te lo doy y luego te lo quito.
- Dado el descubrimiento anterior, es fácil deducir que la masa de dinero que forma todos los tributos procede del platillo de la derecha (más los beneficios de las empresas públicas), algo así, como de la actividad privada.
(...)

Voy terminando, que hoy es denso. Quiero añadir una cosa más, pero importante, dirigida a todas aquellas personas que dicen que la solución es “SUBIR LOS IMPUESTOS A LOS DEMÁS”. Si subimos los impuestos, se producen dos cosas:
- El platillo de la derecha se reduce, pues pasan fondos de él al izquierdo. Está claro.
- El platillo de la izquierda sólo se incrementa por los fondos procedentes del de la derecha, es decir, los impuestos que pagan los de la izquierda no aumentan su dimensión. ¡Ostras! Lo que se produce es una reducción en el gasto, no una subida de impuestos, por lo ya explicado.
(...)

DEDUCCIÓN FINAL
Por lo expuesto, creo que queda muy claro que es necesario un equilibrio entre los dos platillos para progresar, para vivir mejor, en el que se combinen los servicios públicos con la actividad privada, en el que las dos se beneficien, porque es necesaria la actividad pública para que la privada funcione, no lo olvidemos.
En España en el año 2007 esa situación era más o menos equilibrada, la balanza estaba con la aguja vertical. En estos cuatro años y medio se han destruido casi cuatro millones de empleos privados, NINGUNO EN EL PÚBLICO. Los parados del sector privado han pasado al otro lado del platillo, a través de las prestaciones de desempleo o subsidios.
¿Adivinan lo que ha pasado? Pues eso, que la balanza está peligrosamente inclinada a la izquierda, casi a punto de hacer volcar el invento. Los que defienden que la solución es pagar más impuestos –preferiblemente los demás- deberían explicar sus efectos, al igual que los que defienden que la solución es más público. Si continuamos reduciendo el platillo de la derecha, acabaremos volcando irremediablemente y el sistema, el modelo se habrá destruido y cada uno que se las apañe como pueda.

El resto, que no es mucho, lo piensan ustedes, si quieren claro, que por algo son libres, hasta de no querer serlo.

P.S. con esta 50 entradas!!!!

miércoles, 27 de junio de 2012

LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL (VII)

Miércoles, 27 de Junio de 2012
LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL (VII)

Hace un par de días conocimos que más de 200000 españoles estaban como beneficiarios de las tarjetas de Sanidad de pensionistas, sin tener derecho a ello, porque estaban trabajando. Con esta acción conseguían que los medicamentos fuesen gratuitos, al estar asociados a una tarjeta de pensionista. Por tanto 200000 ESTAFADORES ¡queda claro! A ver si les sancionan, pongamos con 1000 euros de multa fija y 10 veces lo defraudado.
Si queremos llegar a alguna parte, o salir de ésta, si es que aún se puede, tenemos que solucionar sí, o sí, tres cosas: la pésima gestión política/pública; la enorme desigualdad entre los ciudadanos, bajo cualquier motivo, edad, localización,….. A excepción de la renta; y, el fraude fiscal masivo y generalizado.
El fraude fiscal del ejemplo de hoy es muestra de la incapacidad de la Administración para llevar a cabo sus funciones de control. Al igual que la polémica amnistía fiscal, que no es más que el resultado de la incapacidad de las autoridades de sacar a flote a los delincuentes fiscales.
El control es posible, los medios tecnológicos de hoy en día, hacen que muchas cosas se puedan hacer y de forma casi automática, pero, para ello, es necesario disminuir las desigualdades y simplificar los procedimientos. El tema es que tengo la sospecha de que a mucha gente no le interesa, bien porque le permite dar regalitos, o bien porque saben que en ese marasmo pueden sacar beneficio a costa del resto.

PROPUESTA: que un medicamento tenga exactamente el mismo precio para cualquier persona, con indiferencia de su situación personal y en función únicamente del tipo de enfermedad a la que se destine el medicamento.
Así, por ejemplo, se establecería un precio bajo, por tanto muy subvencionado, para los medicamentos destinados a enfermedades crónicas, de larga duración o medicamentos para enfermedades graves de alto coste; un precio medio para las medicinas de uso puntual y precio medio y enfermedades medias; y, un precio alto, casi el total, o el total, para aquellos medicamentos destinados a enfermedades leves (que en muchas ocasiones se curan con el paso del tiempo, como gripe) y/o de uso muy puntual.
¿Qué les parece?

De esta forma, como todos los medicamentos tienen un precio se sería mucho más consciente de su valor y de su uso correcto y, como no hay diferencias entre unas personas y otras, pues no te molestarías a estar en una cartilla que no es la tuya o a pedirle al abuelo que te saque la medicina.
Si se dan cuenta el sistema sería más justo, porque la Sanidad Pública se ocuparía en mayor medida a mayor gravedad de la enfermedad, es decir, sería un sistema progresista o progresivo, que buscaría la igualdad de oportunidades de salud.
Se me viene a la cabeza, de que con la tontería de dar los medicamentos gratis a los parados sin prestación, se abre un nuevo agujero para el fraude, porque la gente empezará a trabajar y se le “olvidará” cambiar de tarjeta sanitaria. Esperemos que el control sea sistemático y permanente, aunque me temo que no será así…. ¿No sería más fácil proporcionar a toda persona unos ingresos mínimos, nunca dejarle sin recursos?
Y esto es todo, el resto lo piensan, si quieren, ya saben que son libres.

lunes, 18 de junio de 2012

LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL (VI)

Lunes, 18 de Junio de 2012

LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL (VI)

Propuesta: obligar a todos los pensionistas de jubilación a presentarte en una comisaría de policía para acreditar su identidad mediante lector de huella dactilar.

OBJETIVO: Evitar el fraude por las pensiones que perciben personas que no deben cobrarlas.

Si se dan cuenta, las pensiones de jubilación una vez reconocidas, no requieren ninguna formalidad ni comprobación adicional, tan sólo la de estar vivo y esta condición no se comprueba... Me dirán ¡qué bruto eres! Pues sí, pero si leen las noticias salen casos de éstos y, claro, sólo se hacen un hueco en los informativos una ínfima parte de los existentes, dependiendo del volumen de noticias que haya en ese día, porque a lo mejor no encuentran espacio ni en el tiempo destinado a noticias tontas.

Este sistema de comprobación de identidad también lo usaría yo para otras prestaciones, como prestaciones de discapacidad, pensiones no contributivas, salario social, subsidios del INEM,……. Tampoco se tarda tanto en poner el dedo, es más, se puede hacer automáticamente, mediante los puntos del DNI electrónico, bastaría con implantar una aplicación informática en las maquinitas y usar la base de datos correspondiente.
Con esta medida se lograría además, que personas que cobran una prestación condicionada a vivir en España, no la estén cobrando y se marchen. Por ejemplo, hay extranjeros que cobran un subsidio de España y han regresado a su país, o una prestación social, o...

Para los que no puedan desplazarse, por razones de enfermedad, se contaría con la colaboración de las fuerzas de seguridad, que acudirían a su domicilio, previa solicitud, para comprobar la identidad con un equipo portátil.
Evidentemente, a quien no cumpliera con la obligación se le cortaría el cobro de la prestación de forma inmediata, hasta que "dé señales de vida".

Bueno, hoy no se me quejarán, que es bien corto y sencillo. Piénsenlo si quieren, ya saben que son libres.

domingo, 10 de junio de 2012

MEDE - INFORMACIÓN

Domingo, 10 de Junio de 2012

Bueno, pues ayer sucedio aquello para lo que llevábamos empeñado más de cuatro años.
Les pego los puntos más interesantes del tratado MEDE, bajo el que se efectuará el rescate, ¡huy! "la ayuda financiera". No hay más comentarios, en esta ocasión, si quieren entender algo, hagan el esfuerzo completo. Si quieren, ya saben que son libres.
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ARTÍCULO 3
Finalidad
La finalidad del MEDE será movilizar fondos y proporcionar apoyo a la estabilidad, bajo una estricta condicionalidad, adaptada al instrumento de asistencia financiera elegido, a los miembros del MEDE que experimenten o corran el riesgo de experimentar graves problemas de financiación, cuando ello sea indispensable para salvaguardar la estabilidad financiera de la zona del euro en su conjunto y de sus Estados miembros. Con este fin, el MEDE estará facultado para obtener fondos a través de la emisión de instrumentos financieros o mediante la celebración de acuerdos o convenios de índole financiera o de otro tipo con sus propios miembros, entidades financieras u otros terceros.

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Artículo 4:
8. Cuando un miembro del MEDE no haya pagado una parte cualquiera del importe exigible en virtud de las obligaciones contraídas en relación con las acciones desembolsadas o los requerimientos de capital de conformidad con los artículos 8, 9 y 10, o en relación con el reembolso de la asistencia financiera contemplada en el artículo 16 o 17, dicho miembro del MEDE no podrá ejercer sus derechos de voto mientras persista dicho incumplimiento. Los umbrales de voto se recalcularán en consecuencia.


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ARTÍCULO 12
Principios
1. Si fuera indispensable para salvaguardar la estabilidad financiera de la zona del euro en su conjunto y de sus Estados miembros, el MEDE podrá proporcionar apoyo a la estabilidad a un miembro del MEDE sujeto a estricta condicionalidad, adaptada al instrumento de asistencia financiera elegido. Dicha condicionalidad podrá adoptar diversas formas, desde un programa de ajuste macroeconómico hasta una obligación de cumplimiento continuo de las condiciones de elegibilidad preestablecidas.

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Artículo 13:
7. La Comisión Europea —en coordinación con el BCE y, cuando ello sea posible, conjuntamente con el FMI— velará por el cumplimiento de la condicionalidad asociada al instrumento de asistencia financiera.


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ARTÍCULO 15
Asistencia financiera para la recapitalización de las entidades financieras de un miembro del MEDE
1. El Consejo de Gobernadores podrá decidir la concesión de asistencia financiera mediante préstamos a un miembro del MEDE con la finalidad específica de recapitalizar las entidades financieras de dicho miembro del MEDE.
2. La condicionalidad asociada a la asistencia financiera para la recapitalización de las entidades financieras de un miembro del MEDE deberá especificarse en el Memorándum de Entendimiento, de conformidad con el artículo 13, apartado 3.
3. Sin perjuicio de los artículos 107 y 108 del TFUE, los términos financieros y las condiciones de la asistencia financiera para la recapitalización de las entidades financieras de un miembro del MEDE deberán especificarse en un acuerdo de servicio de asistencia financiera, que habrá de firmar el Director Ejecutivo.
4. El Consejo de Administración adoptará las directrices detalladas en relación con las reglas de ejecución de la asistencia financiera para la recapitalización de las entidades financieras de un miembro del MEDE.
5. En su caso, el Consejo de Administración, a propuesta del Director Ejecutivo y tras haber recibido un informe de la Comisión Europea, de conformidad con el artículo 13, apartado 7, decidirá, de común acuerdo, el desembolso de los tramos de la asistencia financiera siguientes al primero.

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ARTÍCULO 32
Estatuto jurídico, privilegios e inmunidades
1. A fin de permitir al MEDE cumplir su finalidad, el estatuto jurídico y los privilegios e inmunidades establecidos en el presente artículo se reconocerán al MEDE en el territorio de cada uno de sus miembros. El MEDE procurará obtener el reconocimiento de su estatuto jurídico y de sus privilegios e inmunidades en los otros territorios en los que desarrolle sus funciones o posea activos.
2. El MEDE estará dotado de personalidad jurídica y tendrá plena capacidad jurídica para:
a) adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles;
b) celebrar contratos;
c) ser parte en procedimientos administrativos, judiciales, extrajudiciales o de cualquier otra naturaleza; y
d) celebrar un acuerdo de sede y/o protocolos según sea necesario para garantizar que su estatuto jurídico y sus privilegios e inmunidades son reconocidos y aplicados.
3. El MEDE, sus bienes, sus recursos financieros y sus activos, dondequiera que estuvieren localizados y cualesquiera que fueren sus poseedores, gozarán de inmunidad frente a cualquier forma de procedimiento judicial, excepto en la medida en que el MEDE renuncie expresamente a dicha inmunidad para un procedimiento o contrato determinado, incluida la documentación relativa a los instrumentos de financiación.
4. Los bienes, los recursos financieros y los activos del MEDE, dondequiera que estuvieren localizados y cualesquiera que fueren sus poseedores, no podrán ser objeto de investigación, requisa, confiscación, expropiación o cualquier otra forma de embargo, incautación o ejecución resultante de una acción ejecutiva, judicial, administrativa o legislativa.
5. Los archivos del MEDE y todos los documentos que le pertenezcan o estén en su posesión serán inviolables.
6. Los locales del MEDE serán inviolables.
7. Cada Estado miembro del MEDE y cada Estado que haya reconocido el estatuto jurídico y los privilegios e inmunidades del MEDE concederán a las comunicaciones oficiales del MEDE el mismo trato que otorgan a las comunicaciones oficiales de un miembro del MEDE.
8. En la medida en que sea necesario para llevar a cabo las actividades contempladas en el presente Tratado, los bienes, los recursos financieros y los activos del MEDE estarán exentos de restricciones, regulaciones, medidas de control y moratorias de cualquier naturaleza.
9. El MEDE quedará exento de cualquier exigencia de autorización o licencia aplicable a las entidades de crédito, a los prestadores de servicios de inversión o a otras entidades autorizadas, aprobadas o reguladas de conformidad con la legislación de los miembros del MEDE.

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ARTÍCULO 35
Inmunidad de las personas
1. En interés del MEDE, el presidente del Consejo de Gobernadores, los gobernadores, los gobernadores suplentes, los administradores, los administradores suplentes, así como el Director Ejecutivo y los demás miembros del personal gozarán de inmunidad de jurisdicción en relación con las acciones que realicen en el desempeño de sus funciones oficiales y disfrutarán de inviolabilidad de todos sus escritos y documentos oficiales.

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ARTÍCULO 36
Inmunidad fiscal
1. Dentro del ámbito de sus actividades oficiales, el MEDE, sus activos, sus ingresos y sus bienes y sus operaciones y transacciones autorizadas por el presente Tratado estarán exentos de cualesquiera impuestos directos.