Miércoles, 20 de Abril de 2011
¿tienen sentido las pensiones de viudedad, orfandad y a favor de ascendientes sin recursos?
Estas pensiones, según la ley, presentan dos características propias:
- Son a favor de una persona diferente al que “las genera”.
- Tienen la consideración de pensiones de “supervivencia”.
La primera de ellas supone que la pensión la percibe una persona diferente a la que ha cotizado; por tanto, no se trata de pensiones contributivas, entendiendo éstas, como aquéllas en las que el beneficiario percibe una pensión conforme a lo cotizado con anterioridad. Por tanto, los percepctores de estas pensiones no contributivas, NUNCA han cotizado para su percepción.
La segunda característica que marca la ley, es que son de “supervivencia”, es decir, tienen la finalidad de proporcionar unos recursos mínimos, para que personas cercanas a un cotizante, cuando éste fallece, no queden desamparadas.
Este conjunto de pensiones nace en 1964, cuando se crea, en España, el sistema de Seguridad Social. Como todo sistema de seguridad social, cuando se pone en marcha, se tiene en cuenta la ideosincracia de la sociedad española, es decir, su forma, sus costumbres, su regulación,……
Con la finalidad de no dejar sin protección mínima a familiares de cotizantes, se implementan estas pensiones. Algo lógico y coherente, con la idea de protección social y de modernización de la sociedad.
En aquél entonces, el modelo de familia era el que era. No entraré si era mejor o peor, en cualquier caso era el que era, el padre trabajaba y la madre no lo hacía de forma mayoritaria. Esto era así y para dar cobertura mínima a esta situación, aparecen estas pensiones de supervivencia. Repito, da igual si era bueno o malo, estaba bien o mal, era justo o injusto,…. Afortunadamente no viví en esa época…….
Pero la sociedad cambia y lo normal es que los modelos de protección social se adapten a esos cambios; por un lado para atender nuevas necesidades que pueden surgir y, por otro, para hacer el sistema viable a largo plazo, buscando la equidad y la justicia social.
El problema de España es que somos como somos. No adaptamos nada, porque tratamos todos los temas con demagogia y pensando sólo en el hoy, el mañana que lo piensen los de mañana.
En las décadas actuales se han ido incorporando al modelo de protección social nuevas situaciones a proteger, como la atención a las parejas de hecho, maternidad, dependencia, cobertura sanitaria,…. Y, lo que me interesa, establecimiento de sistemas de ingresos mínimos a todos los ciudadanos del país, recibiendo diferentes nombres, como renta mínima, renta de ciudadanía,…. Pero que en síntesis se ocupan de no dejar a ninguna familia o persona sin un mnínimo de ingresos, a cargo de la solidaridad de la sociedad en su conjunto, mediante la estructura de impuestos.
¿estamos de acuerdo? Bien, pues ya llegamos al núcleo.
Si en la nueva sociedad existen mecanismos de protección que garantizan ingresos mínimos a los ciudadanos y familias; además, sin tener en cuenta la relación familiar, la edad, el estado civil, sino simplemente por ser ciudadanos,… entonces ¿qué pintan las pensiones de supervivencia?
Por ello las pensiones de viudedad, las de orfandad y las de ascendientes sin recursos deben ser eliminadas. La finalidad: simplificar las cosas y no tener cosas repetidas para una misma necesidad. Por otra parte, parece más sensato recibir una prestación de renta mínima que algo de supervivencia.
Pero aún hay más…….
El segundo aspecto del que hablaba era el de “supervivencia”. Vamos a hacer unas consideraciones en forma de preguntas:
¿tiene sentido recibir una pensión de supervivencia, de viudedad, cuando se está trabajando?
- ¿Tiene sentido recibir una pensión de viudedad cuando se está cobrando una pensión propia?
- ¿Tiene sentido recibir una pensión de orfandad cuando se está trabajando en el sector privado?
- ¿Tiene sentido recibir una pensión de supervivencia, si se tiene ingresos altos o medios?
- ¿Tiene sentido recibir una pensión de supervivencia, si se tiene un patrimonio importante?
- ¿tiene sentido recibir una pensión porque se ha contraído matrimonio con´alguien, aunque haga muchos años que se separaron?
Para finalizar una reflexión muy repetida: recordemos que TODO no es posible, por tanto, si gastamos en una cosa no podremos gastar en otra; y, recordemos, también, que TODO tiene consecuencias.
yo estoy de acuerdo en la eliminacion de las pensiones de viudedad cuando se trabaje sea con ingresos medios altos o bajos da igual cada uno que cotice aora si
ResponderEliminar...¿y tiene sentido quitarle a una persona de 70 años sin otros ingresos que la pensión no contributiva,ni patrimonio,y dejarle en la indigencia total así por las buenas?,...
ResponderEliminar...Y por si fuera poco,..estos CABRONES MAL NACIDOS que nos gobiernan,aún se ensañan más,y le reclaman 3 millones de las antiguas pesetas,en concepto de lo que cobró años atrás,...Sí no le correspondia cobrar,...¿para que se lo pagaron?,....¿que será lo proximo que se les ocurrirá a estos MAL NACIDOS,....el exterminio de nuestros mayores al más puro estilo nazi ?,....
El Autor que desea eliminacion de estas pensiones,le deseo lo peor y que se quede sin recursos,el deseo mi eliminacion yo le deseo lo mismo.Un saludo
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